La intervención en un procedimiento judicial, ya sea como denunciante o denunciado, o como demandante o demandado, supone habitualmente para los ciudadanos de a pie un trastorno incluso cuando ello suponga la consecución de un beneficio económico o emocional. Los largos periodos de espera entre cada actuación judicial, causados por le exigua dotación presupuestaria de la que, desde siempre, ha sido dotada la Justicia, y la incertidumbre que se genera, no ayudan a aliviar este trastorno.
Por ello es muy importante para el abogado establecer con el cliente una relación de confianza que permita a éste ser consciente de la realidad y de las posibilidades de cada pleito, sean cuales sean. Y esta relación de confianza debe tener su base en la comunicación de todas las circunstancias y actuaciones que vayan sucediendo, con una explicación comprensible que le permita entender que es lo que está pasando en cada momento. Y esta comunicación debe ser rápida, pues los clientes tienen derecho a ser los primeros en conocer cuestiones importantes relativas a los procedimientos judiciales en los que intervengan, y esa rápida comunicación servirá para evitar que llegue a sus oídos información sesgada o manipulada que pueda agravar el trastorno que de por sí supone la judicialización de la vida diaria, y evitará también hacer mella en la relación abogado-cliente. De hecho la rápida comunicación de nuevas circunstancias reforzará seguramente la relación, sean las noticias favorables o desfavorables.
Así debe ser la relación entre el profesional y el cliente, una relación sencilla y sincera que permita que la transmisión de información sea fluida y constante, y esta buena relación incidirá directamente en el trabajo que desarrolle el abogado, pues el mejor conocimiento del cliente le permitirá desplegar los medios necesarios en cada momento para una mejor defensa.